Amoris Laetitia y los divorciados vueltos a casar

Los debates que hemos observado sobre la exhortación apostólica dan cuenta de una antigua –y no resuelta– disputa al interior de la Iglesia respecto del rol de la conciencia.

El corazón de las controversias sobre la exhortación apostólica Amoris Laetitia (AL), que estallaron nuevamente a propósito de las directrices de los obispos de Malta referidas a la admisión en los sacramentos a los divorciados vueltos a casar, no radica en la doctrina ni en la ley, sino en el rol de la conciencia.

Tanto críticos como partidarios de esa exhortación han detectado, acertadamente, un cambio nítido en la enseñanza del Magisterio respecto de cómo la Iglesia responde a las llamadas situaciones “irregulares”, especialmente a las de los divorciados y vueltos a casar civilmente, distanciándose de la encíclica Familiaris Consortio (FC) de Juan Pablo II (1981).

Pero su distanciamiento más sustancial se observa posiblemente en relación con otro de los documentos magisteriales de Juan Pablo II, Veritatis Splendor (1993), que se manifestó en contra del relativismo moral y el mal uso de la conciencia para justificar una moral subjetiva. Los cuatro cardenales que firmaron la desafiante carta al papa Francisco sobre AM citan concretamente a VS, preguntando si todavía sigue siendo válido que –como ellos parafrasean– la “conciencia nunca puede ser autorizada, en virtud de su fin, a legitimar excepciones a normas morales absolutas que prohíban actos intrínsecamente malos”.

Percibir la naturaleza de esta variación en lo que concierne a AL es clave para entender esta disputa.

No es un cambio doctrinal. El prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el cardenal Gerhard Müller, ha confirmado que eso resulta obvio a partir de la misma AL: no hay ninguna dificultad doctrinal con la exhortación, que reafirma la enseñanza constante de la Iglesia en el respeto a la indisolubilidad del matrimonio, afirmando al comienzo de su capítulo 8 que “cualquier incumplimiento del vínculo matrimonial está en contra de la voluntad de Dios”.

Tampoco ha cambiado la ley. AL nunca cuestiona el canon 915 (del derecho canónico), que exige que la comunión sea denegada a quienes “perseveren obstinadamente en un manifiesto pecado grave”, como tampoco el canon siguiente: que la gente consciente de pecado grave no debe presentarse a recibir la comunión. El principio fundamental de la ley –que los adúlteros no pueden recibir la eucaristía– sigue en pie.

Pero mientras AL es muy clara acerca de no querer crear nuevas normas o leyes, también es muy clara sobre el fomento de una nueva actitud. Lo que busca es una nueva disposición por parte de la Iglesia hacia los que están en situación irregular: de enfocarse principalmente en defender a la ley y la institución de alguna contaminación, se mueve hacia un enfoque en la necesidad de acompañamiento y sanación de las víctimas del divorcio, en particular de aquellos que buscan integrarse a la Iglesia.

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